El fallecimiento de una persona supone un duro golpe para cualquier familia. Nadie en esta situación quiere tener que enfrentarse a un largo proceso burocrático ni verse obligado a abonar una elevada suma de dinero por el sepelio. Según el último informe de la Organización de Consumidores y Usuarios, un entierro en España cuesta de media 3.500 euros.
Para dar respuesta a las necesidades materiales que se derivan de un fallecimiento, existe el seguro de decesos. Se trata de una póliza dirigida a la coordinación y prestación de los servicios funerarios una vez el asegurado fallece. Más allá de ocuparse de todos los trámites, la compañía aseguradora también presta apoyo emocional a la familia, algo muy importante. La cobertura principal garantiza el pago de los gastos y la gestión de los trámites para el servicio de sepelio.
La aseguradora se encarga de realizar todas las gestiones derivadas de la defunción: esquelas, flores, tramitación de la documentación, funeraria, traslado… Cabe señalar que cualquier residente en España puede contratar un seguro de decesos, y también existe la posibilidad de contar con un “pack familiar” que ofrece cobertura a todos los miembros de la unidad familiar a través de una sola póliza.
¿Qué pasos hay que seguir cuando fallece un familiar?
Lo primero que se debe hacer cuando un familiar fallece en casa es llamar a emergencias para que un médico certifique la defunción. Si se trata de una muerte por causas naturales y el fallecido tiene contratado un seguro de decesos, el siguiente paso consiste en llamar a la compañía aseguradora para que se encargue de la gestión del traslado del fallecido hasta la funeraria.
El fallecimiento debe inscribirse en un plazo máximo de 24 horas en el Registro Civil. Hasta que no se realiza este trámite no puede celebrarse el sepelio.
Una de las principales ventajas de contratar un buen seguro de decesos es que es la aseguradora la que se encarga de hacer todos los trámites. Hay una serie de documentos que son necesarios:
- Certificado de defunción: un médico certifica el fallecimiento en base a un modelo creado por la Organización Médica Colegial (OMC) y el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos. Para ello necesita la fecha y lugar del fallecimiento, la copia del DNI del solicitante, el DNI del fallecido y una copia del libro de familia.
- Inscripción de la defunción: la normativa vigente obliga a inscribir la defunción en un plazo de 24 horas presentando el certificado de defunción, la fotocopia del DNI del fallecido y el impreso oficial de declaración de fallecimiento por un familiar.
- Licencia de incineración: el Registro Civil facilita la licencia de incineración al solicitante. Con esta licencia, la funeraria puede organizar el servicio fúnebre, ya sea cremación o enterramiento.
- Baja de la Seguridad Social: y, por último, en un plazo de 30 días tras el fallecimiento hay que dar de baja en la Seguridad Social al fallecido. Simplemente hay que acudir a un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social y aportar el certificado de defunción.
En Generación Plus somos una correduría de seguros de plena confianza. No somos un robot, ni un comparador ni un calculador, sino un equipo de grandes profesionales dispuestos a ayudarte. Queremos que tu familia no tenga que preocuparse de nada en momentos complicados, así que podemos ofrecerte un seguro de decesos con cobertura de repatriación si el fallecimiento se produce fuera del domicilio, traslados y servicios funerarios completos. También puedes incluir coberturas adicionales.