El certificado de seguro de vida, que también recibe el nombre de certificado de contrato de seguro de cobertura de fallecimiento, es un documento de carácter oficial que refleja el contrato de vida en vigor en el que una persona fallecida aparece como asegurado. Dicho de una forma sencilla, se trata del documento mediante el cual los familiares de una persona fallecida pueden conocer si tenía contratado un seguro de vida y, de ser así, con qué compañía.
Existe desde el año 2007 para evitar que los seguros de vida se queden sin cobrar tras el fallecimiento del asegurado. El certificado ofrece información sobre seguros de vida y seguros de accidente, pero no se puede solicitar en los seguros de vida ahorro ya que en éstos el beneficiario y el asegurado son la misma persona.
El Registro de Seguros de Vida es un organismo que pertenece al Ministerio de Justicia, que almacena todos los datos relacionados con los seguros de vida en vigor hasta cinco años después del fallecimiento del asegurado. Gracias a este organismo, los beneficiarios que crean que un familiar fallecido tenía contratado un seguro de vida, pueden comprobarlo de forma rápida y sencilla.
Obtener el certificado de seguro de vida paso a paso
El trámite lo puede realizar cualquier persona que tenga interés en conocer la información, siempre y cuando tenga los documentos necesarios para presentar la solicitud, que son los siguientes:
- Modelo 790 cumplimentada.
- Justificante de pago de la tasa administrativa del Ministerio de Justicia.
- Certificado de defunción de la persona fallecida. Debe ser el documento original o una copia compulsada.
- DNI de la persona fallecida.
El certificado de seguro de vida se solicita al Ministerio de Justicia, del que depende el Registro de Seguros de Vida. La solicitud se puede llevar a cabo por tres vías.
Por un lado, de manera presencial en la gerencia territorial del Ministerio de Justicia de la comunidad autónoma. Por otro lado, vía correo postal, enviando todos los documentos al Registro General de Actos de Última Voluntad (Ministerio de Justicia), en la Plaza Jacinto Benavente, 3, Madrid (28012). En ambos casos, el plazo es de siete días hábiles.
Y, por último, de forma telemática en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, para lo cual es necesario disponer de firma electrónica o Cl@ve. Es la opción más rápida ya que se puede obtener el documento en un plazo de uno o dos días hábiles.
El plazo para solicitar el certificado de seguros de vida es entre quince días y cinco años después del fallecimiento del asegurado. Una vez transcurridos cinco años, el organismo no tiene obligación de guardar la información.
Seguro de vida
Un seguro de vida es una de las pólizas más interesantes que existen. La cobertura básica es el fallecimiento. Si el asegurado fallece, ya sea por accidente o por enfermedad, la compañía entrega una indemnización al beneficiario.
El asegurado puede contratar la cobertura de enfermedades graves. De esta manera, si le diagnostican una enfermedad grave, tiene derecho a recibir una indemnización. Además, si sufre una invalidez total y permanente que le incapacita de tu trabajo habitual, también recibirá una indemnización. Ambas son opcionales, así que el asegurado puede contratarlas o no.
Se puede contratar un seguro de vida en cualquier momento de la vida. El rango de edad es muy amplio: entre 14 y 65 años. Aún así, existen ciertas posibilidades para poder contratar la póliza después de cumplir 65 años.
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