Cuando los compradores de una vivienda acuden al banco a solicitar la hipoteca, en muchos casos la entidad les obliga a la contratación de un seguro de vida para concederles el préstamo. Un seguro de vida vinculado al préstamo hipotecario, además de un seguro de hogar. Pero, ¿es esta una fórmula legal? Es la pregunta que se hacen muchos. Pues bien, lo cierto es que los bancos hacen creer a los prestatarios que es obligatorio contratar el seguro con ellos, pero realmente no es así.
Es más, en la gran mayoría de casos es una especie de “trampa” ya que pueden cobrar hasta un 79% más que cualquier compañía aseguradora. El por qué de esta diferencia de precio tan grande es relativamente fácil de entender: además de las coberturas básicas de cualquier seguro de vida incluyen otras adicionales que realmente no se necesitan. Además, los seguros de vida de las entidades bancarias se contratan por capitales desorbitados que finalmente no llegan a regularizarse.
En los últimos años los Colegios y Organizaciones Profesionales, Asociaciones de Consumidores y otras instituciones han denunciado esas prácticas abusivas en el sector bancario.
¿Para qué sirve un seguro de vida para hipoteca?
Vamos a comenzar por explicar la relación entre ambos productos. En primer lugar, destacar que un seguro de vida vinculado a una hipoteca no te protege a ti, sino a la entidad bancaria en caso de impago del préstamo hipotecario si tú falleces. De esta manera, gracias al seguro de vida para hipoteca, la deuda queda saldada.
Por lo tanto, si tú como titular falleces y no tienes un seguro de vida para hipoteca, serán tus herederos quienes deban hacer frente a la deuda pendiente. En España hay un nivel de endeudamiento de las familias por este motivo. En más de una ocasión hemos conocido el caso de una persona que fallece y sus herederos se ven obligados a vender la vivienda para poder hacer frente a la deuda.
Ahora bien, al contrario de lo que muchos creen, la Ley establece que no es obligatorio contratar el seguro de vida para la hipoteca con la misma entidad bancaria que concede el préstamo. De hecho, ni siquiera es obligatorio tener un seguro de vida para la hipoteca, aunque sí es muy recomendable.
¿Cuáles son las coberturas de un seguro de vida?
En definitiva, si vas a solicitar un préstamo hipotecario a un banco y este te obliga a contratar un seguro de vida vinculado a la hipoteca, no tienes por qué aceptarlo. Nuestro consejo es que compares tanto el precio como las coberturas y el capital con lo que te ofrecen las compañías aseguradoras.
En Generación Plus somos una empresa de confianza y calidad, en la que te hablamos de tú a tú. Te ofrecemos un seguro de vida con unas condiciones muy ventajosas. Además, puedes “diseñarlo” de acuerdo a tus preferencias y a tus circunstancias personales. Hay una serie de coberturas básicas, y además varias coberturas adicionales que puedes decidir si contratar o no.
La cobertura más básica del seguro de vida es el fallecimiento por accidente o enfermedad grave. Además, el seguro de vida puede cubrir otros riesgos, como la incapacidad permanente o temporal, incapacidad absoluta o parcial.
Este seguro puede establecer una serie de límites. El límite temporal es un periodo de carencia en el que el seguro no tiene sus coberturas activas. El límite de fallecimiento por la práctica de deportes de riesgos. En caso de que se produzca la muerte por este motivo no se activará la cobertura. Y el límite por enfermedad grave si esta dolencia se conoce de manera previa a la firma del contrato.