El seguro de vida es sinónimo de garantizar el futuro de tu familia en el caso de que fallezcas o de que pierdas tu capacidad de trabajar como consecuencia de una enfermedad o un accidente. Por lo tanto, se contrata para ofrecer una garantía económica a quienes podrían quedar desamparados en tu ausencia. La mayoría de las personas creen que únicamente es necesario contar con un seguro de vida cuando tienen familiares a cargo, pero no es así.
Si llevas un estilo independiente y por alguna circunstancia contemplada en la póliza no puedes seguir trabajando, el seguro de vida también te permite disponer de un apoyo económico. Por este motivo, no existe una edad concreta para contratar esta póliza, aunque lo habitual es hacerlo a partir de los 30 años. En cualquier caso, tomar esta decisión depende en gran medida de cuáles sean las circunstancias personales.
Coberturas
Es de especial interés conocer qué cubre exactamente un seguro de vida. Su principal función es garantizar la estabilidad a nivel económico del asegurado y la de su familia mediante una compensación económica, pactada en la contratación de la póliza, si sucede alguna de las situaciones previstas.
Fallecimiento del asegurado
Indemniza y presta servicio a los beneficios de la póliza cuando el asegurado fallece. Es la cobertura más importante del seguro de vida, ya que sin la indemnización por fallecimiento, esta póliza no existe. Dentro de la cobertura de fallecimiento, las compañías aseguradoras pueden ofrecer servicios adicionales. Algunas cubren entre el 10% y el 15% de los gastos de sepelio.
El capital de fallecimiento se refiere a la cantidad que van a recibir los beneficiarios en el caso de la muerte del asegurado. Es muy interesante que la póliza contemple el doble o el triple del capital asegurado si el fallecimiento se produce por un accidente. De esta manera, si el asegurado tiene un capital asegurado de 100.000 euros y muere por causas no naturales, los beneficiarios reciben una indemnización de 200.000 euros (doble capital) o de 300.000 euros (triple capital).
Incapacidad
Más allá del riesgo por fallecimiento, se deben tener en cuenta varios riesgos adicionales a la hora de contratar un seguro de vida:
- Enfermedad grave: se cubren los riesgos de sufrir enfermedades graves que están comprendidas dentro de la póliza. Este riesgo puede no estar comprendido a partir de cierta edad, ya que las probabilidades de padecer estas enfermedades son mayores.
- Incapacidad temporal o permanente: por accidente o enfermedad en ámbito personal o laboral, algunos aseguradoras mantienen esta cobertura adicional por quedar incapacitado para el desempeño de una actividad laboral.
- Incapacidad o fallecimiento por accidente: es una cobertura adicional y ofrece una compensación extra en caso de accidentes.
Exclusiones
Las coberturas del seguro de vida están limitadas a las contratadas por el propio asegurado. Sin embargo, existen una serie de circunstancias que la póliza no contempla dentro de las coberturas y garantías. El suicidio es una de las situaciones que no están cubiertas por el seguro de vida. Asimismo, se penalizan los actos imprudentes o la negligencia grave, como por ejemplo si una persona fallece a causa de conducir bajo los efectos del alcohol.
Otras situaciones en las que las empresas aseguradoras no pagan el capital pactado a los beneficiarios son las siguientes: actos que impliquen confrontaciones militares o civiles, deportes de riesgo, accidentes producidos por fenómenos naturales y muerte ocasionada por un beneficiario de manera dolosa.
En definitiva, contratar un seguro de vida es contar con una tranquilidad económica futura ante ciertos imprevistos que puedan surgir, tanto para ti como para tu familia.