¿Estás protegido en caso de una emergencia médica? Descubre cómo un seguro de vida te puede ayudar

Existe la creencia generalizada de que el seguro de vida sirve única y exclusivamente para que los beneficiarios reciban una indemnización cuando el asegurado fallece, pero lo cierto es que las coberturas son mucho más amplias. También cubre otros riesgos más allá del fallecimiento, como la incapacidad y, en el caso del seguro de vida ahorro, la supervivencia. Por lo tanto, si tienes una emergencia médica, este seguro también te puede resultar de gran ayuda.

Seguro de vida

Este seguro se puede contratar una vez cumplidos los 18 años, pero es especialmente recomendable hacerlo entre los 30 y los 50 años. La razón es que, en este rango de edad, la gran mayoría de las personas ya tienen un patrimonio relevante y una serie de responsabilidades familiares. Cuando

Existen tres tipos de seguros de vida, cada uno con sus propias características:

  • Seguro de vida riesgo: este es el más conocido de todos. Tal y como su propio nombre indica, la cobertura principal es el fallecimiento del asegurado, pero también se pueden contratar otras coberturas adicionales, como la invalidez o la incapacidad. En función de tus necesidades, puedes contratar el seguro de vida riesgo entera o temporal.
  • Seguro de vida ahorro: es un producto muy específico, que combina el seguro de vida riesgo temporal y el plan de ahorro. Si sobrevives al periodo de tiempo para el cual has contratado el seguro, recibirás una indemnización de parte de la compañía aseguradora, ya sea en pagos mensuales o en un único pago.
  • Seguro de vida mixto: combina los beneficios del seguro de riesgo con los del seguro de ahorro. En caso de que como asegurado fallezcas antes del plazo establecido con la compañía aseguradora, serán los beneficios que hayas designado quienes recibirán la indemnización.

Coberturas para una emergencia médica

Del mismo modo que con cualquier otro seguro, puedes añadir las coberturas adicionales que consideres a las coberturas básicas, de manera que tengas una póliza 100% personalizada.

  • Incapacidad temporal o permanente: cubre el riesgo de que, ya sea por accidente o por enfermedad, en el ámbito personal o personal, como asegurado no puedas continuar con tu actividad profesional. Esta cobertura, a pesar de no ser obligatoria, sí es muy recomendable, sobre todo si eres la principal fuente de ingresos del hogar.
  • Enfermedad grave: este es otro riesgo que se puede incluir en el seguro de vida. De esta manera, quedas cubierto en el caso de sufrir una enfermedad de carácter grave, como, por ejemplo, cáncer.
  • Incapacidad o fallecimiento: también cabe la posibilidad de que tú o los beneficiarios recibáis una compensación extra por el fallecimiento o la incapacidad al sufrir un accidente. Es una cobertura especial porque, siempre y cuando se cumplan algunas condiciones, puede alcanzar el triple de la garantía principal.

Cabe señalar que la gran mayoría de pólizas excluyen la incapacidad y el fallecimiento por la práctica de deportes de riesgo, del mismo modo que algunas profesiones. Por lo tanto, al contratar el seguro, debes informarte muy bien sobre cuáles son las actividades que están excluidas.

A esto hay que sumar que el seguro de vida también puede incluir un periodo de carencia para limpiar la cobertura durante un determinado periodo de tiempo, por lo general en los primeros años. En este periodo, la póliza puede no cubrir el fallecimiento del asegurado por una causa específica, como por ejemplo el suicidio.

En Generación Plus somos una correduría de seguros de calidad y confianza. Te ayudaremos a encontrar el seguro de vida que mejor se ajusta a tus necesidades.

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