seguro de coche

No te vayas de puente sin asegurar tu coche

Si has decidido hacer una escapada en el puente de diciembre y vas a viajar en coche, debes saber que la Ley de Seguro de Coche y la DGT especifican lo siguiente: “Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular, que cubra, hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio, la responsabilidad civil”.

Por lo tanto, a diferencia de lo que ocurre con el seguro de hogar, el seguro de coche sí es obligatorio. La normativa en vigor establece que todos los vehículos matriculados en España deben contratar el seguro de Responsabilidad Civil, más conocido como seguro a terceros. Tal y como su propio nombre indica, cubre los daños, tanto personales como materiales, a terceros implicados en un accidente de tráfico.

No tener un seguro contratado es una infracción de carácter grave, y como tal conlleva una sanción que oscila entre los 600 y los 3.000 euros.

 

¿Qué seguro de coche elegir?

En líneas generales, podemos diferenciar tres tipos de seguro de coche: a terceros, a terceros ampliado y a todo riesgo. Las diferencias entre un seguro a terceros y a todo riesgo están claras. Pero, ¿y entre un seguro a terceros ampliado y a todo riesgo?

La diferencia más relevante entre ambos es la cobertura de daños propios, incluida única y exclusivamente en la modalidad a todo riesgo. Con ella, la compañía aseguradora asume los daños que sufra tu vehículo en caso de siniestro, incluso cuando tú seas el responsable de la avería o el accidente. Además, esta garantía la puedes elegir con o sin franquicia.

Con la cobertura de daños propios del seguro a todo riesgo, la compañía aseguradora se hace cargo de los daños que sufra tu coche como consecuencia de un vuelco, un choque o una caída, aunque el siniestro sea culpa tuya. También actúa en caso de vandalismo, explosiones o caída de rayos.

Si el vehículo es declarado siniestro total y tienes contratado el seguro a todo riesgo, la compañía aseguradora te indemnizará por el valor de adquisición del vehículo durante los dos primeros años desde la primera matriculación. A partir del tercer año, recibirás una indemnización en base al valor venal.

En definitiva, con el seguro a todo riesgo y la cobertura de daños propios tienes la tranquilidad y seguridad de que tu vehículo está protegido en todo momento. A la hora de reparar los daños, puedes hacerlo con o sin franquicia. La franquicia se corresponde con la cantidad de dinero que decides pagar tú en caso de reparación.

Imagina que eliges tener una franquicia por importe de 300 euros y la reparación de tu vehículo es de 1.400 euros. Tú tendrás que pagar los 300 euros establecidos en la póliza, y la compañía aseguradora abonará los 1.100 restantes. La franquicia está pensada para que puedas tener un seguro completo a un precio más bajo ya que la prima con esta modalidad es inferior.

¿Es mejor el seguro a terceros ampliado o el seguro a todo riesgo? No hay una respuesta universal a esta cuestión, ya que la decisión depende de varios factores. Si tu coche tiene varios años de antigüedad o es de segunda mano, es mejor que contrates el seguro a terceros ampliado. Y es que, de cara a una posible indemnización por siniestro total, no te compensa pagar por la máxima protección, ya que el valor venal del coche es muy bajo.

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