El 11 de mayo ha entrado en vigor una de las grandes reformas de la Dirección General de Tráfico: los nuevos límites de velocidad en las ciudades. El objetivo es reducir la siniestralidad en las vías urbanas. La probabilidad de que un peatón muera en caso de atropello es de un 85% si el vehículo circula a 50 kilómetros por hora, mientras que si lo hace a 20 kilómetros por hora la probabilidad se reduce al 15%. A esto hay que sumar que, a menor velocidad, también baja la contaminación y el ruido.
¿Cuáles son los nuevos límites de velocidad en las ciudades?
Es importante conocer al detalle la nueva normativa antes de ponerse al volante. La velocidad máxima permitida depende en gran medida del tipo de vía:
- 20 kilómetros por hora: en vías sin diferencia de altura entre la calzada y la acera, es decir, de plataforma única.
- 30 kilómetros por hora: calles de un único carril por sentido.
- 50 kilómetros por hora: vías de dos o más carriles por sentido.
A esto hay que sumar que, desde el 2 de enero de 2021, está en vigor una medida que ha generado mucha polémica este año: eliminar la posibilidad de rebasar en 20 kilómetros por hora el límite máximo en adelantamientos en carreteras secundarias.
Desde la Dirección General de Tráfico defienden que es una medida necesaria para reducir el riesgo de colisión frontal que supone la maniobra de adelantamiento en este tipo de vías. Sin embargo, algunas plataformas señalan que si el conducir entra en una maniobra de adelantamiento y se encuentra con algo inesperado, debería poder acelerar para evitar un siniestro.
Nueva sanción por utilizar el móvil al volante
Debido al incremento de conductores que utilizan el teléfono móvil mientras conducen, la DGT ha impuesto una nueva multa de 200 euros y seis puntos por llevarlo en el coche, aunque no se esté utilizando. Por lo tanto, ahora es suficiente con tener el teléfono móvil para que el conductor pueda ser sancionado por los agentes. Además, la pérdida de puntos de carnet de conducir pasa de tres a seis.
¿Cuál es la forma correcta de llevar el teléfono móvil sin exponerte a una posible multa? En un soporte homologado en el salpicadero y, por supuesto, sin hacer uso del dispositivo durante la conducción. Cabe señalar que muestras estás esperando en un semáforo o parado en un atasco, estás detenido y no estacionado, de forma que también podrían multarte si utilizas el teléfono móvil.
Mantener la distancia de seguridad
Y, por último, la DGT ha advertido esta semana de lo importante que es respetar la distancia de seguridad en la carretera. Se trata de una infracción que, por desgracia, se produce de una manera muy habitual en las carreteras españolas. Según el reglamento de Tráfico, no respetar la distancia de seguridad se considera conducción temeraria, de forma que conlleva una sanción económica de hasta 500 euros y la pérdida de seis puntos en el carnet de conducir.
En lo que respecta a la distancia de seguridad, debe estar adaptada a las circunstancias de la vía, así como a la velocidad de marcha. De este modo, según explica la Dirección General de Tráfico, si hay que frenar en la autovía, donde la velocidad máxima permitida es de 120 kilómetros por hora, con la calzada seca, la distancia de seguridad mínima debe ser de 144 metros.
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