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¿Puedo asegurar un barco en propiedad?

Si tienes un barco en propiedad, debes saber que existe un seguro para embarcaciones para asegurar cualquier embarcación, ya sea a vela o motor, y que incluye la cobertura de responsabilidad civil. Del mismo modo que ocurre con cualquier otra póliza, engloba una serie de coberturas obligatorias y, además, varias garantías adicionales. Por lo tanto, puedes tener un seguro 100% personalizado, adaptado a tus preferencias y necesidades.

¿Qué es el seguro para embarcaciones?

Lo primero a tener en cuenta es que esta póliza te protege en distintas situaciones a bordo de una embarcación de recreo, siempre y cuando la misma esté destinada a fines recreativos, a la pesca no profesional o a la práctica deportiva sin ánimo de lucro. El seguro para embarcaciones no cubre las profesiones marítimas o la competición deportiva.

Sobre el tipo de embarcaciones que pueden contratar este seguro, son las de motor y a vela. También se pueden incluir en la mayor parte de los casos las motos acuáticas, así como las lanchas semirrígidas y neumáticas.

La cobertura básica es la responsabilidad civil del propietario y del patrón por los daños físicos y materiales originados a terceras personas, hasta un límite máximo por siniestro de X euros, en función de la póliza que pagues. La póliza de responsabilidad cubre: las lesiones, e incluso la muerte de terceros, los daños materiales ocasionados a terceras personas, las correspondientes indemnizaciones económicas y los daños a embarcaciones por colisión o sin contacto.

Respecto a las coberturas opcionales, una de las más recomendadas es la de los daños materiales. Incluye daños en el motor, casco, accesorios o velamen como consecuencia de colisión con objetos, naufragio, varada, abordaje, embarrancada, incendio, robo y explosión. También incluye los gastos derivados de remolque, salvamento o auxilio por el accidente.

También se puede contratar de forma adicional el pago de las costas tanto judiciales como extrajudiciales por la defensa del asegurado.

Respecto a la pérdida total por robo, la compañía aseguradora te reembolsa los gastos para su recuperación hasta un porcentaje de su valor. Si pierdes la embarcación por un naufragio, se ocupa de las pérdidas hasta el capital asegurado. También puedes contratar la cobertura de efectos personales si la embarcación se hunde con tus cosas dentro.

¿El seguro para embarcaciones es obligatorio?

Al igual que con los vehículos, la normativa vigente exige la contratación de la póliza de responsabilidad civil. Todas las embarcaciones propulsadas a motor, incluidas las motos acuáticas, deben tener este seguro. En cuanto a las embarcaciones que no son propulsadas a motor, sólo es obligatorio para las que tengan más de 6 metros de eslora. Ahora bien, su contratación es muy recomendable, aunque sea una embarcación de vela ligera de 4 metros porque ésta y sus ocupantes están expuestos a ocasionar daños a otras personas o barcos.

Al ser su contratación obligatoria, navegar sin contar con el correspondiente seguro para embarcaciones de recreo es sancionable. Por lo general, en los puertos deportivos se exige la póliza para permitir que una embarcación entre en sus instalaciones.

Y, por último, cabe señalar que si en algún momento quieres participar en regatas, pruebas, entrenamientos o competiciones con tu embarcación, tienes que contar con un seguro especial que incluya la responsabilidad civil, junto con la póliza obligatoria.

En Generación Plus somos una correduría de seguros de plena confianza y calidad. No somos un robot ni un buscador, sino un gran equipo de profesionales que te ayudaremos a encontrar el mejor seguro para tu barco, a buen precio y con unas coberturas muy amplias. Te invitamos a ponerte en contacto con nosotros.

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