¿Qué cubre un seguro de incapacidad laboral?

En relación al seguro de incapacidad laboral, cabe destacar que la incapacidad puede ser temporal o, por el contrario, permanente. Este es un tipo de seguro que se ofrece en muchos casos en el ámbito de los seguros de vida y de salud. No obstante, el seguro de incapacidad laboral también se puede contratar como un producto específico.

Un seguro de este tipo puede ofrecer una determinada indemnización si la incapacidad es permanente. Mientras, si es temporal, la persona beneficiaria recibe un subsidio diario para sobreponerse a la pérdida de ingresos.

A la hora de contratar un seguro de incapacidad laboral, hay que elegir el tipo de indemnización, así como si se desea o no completar la póliza con garantías adicionales.

Coberturas generales del seguro de incapacidad laboral

  • En caso de baja por accidente o enfermedad, incapacidad temporal, cubre la cantidad económica diaria necesaria para cubrir los gastos familiares.
  • Si se trata de un trabajador por cuenta propia, autónomo, debe saber cuáles son las cuotas que le corresponden si sufre una baja laboral que le impide desarrollar su tarea profesional.
  • Este seguro cubre hasta 545 días por baja laboral.
  • Si la persona asegurada está hospitalizada, se puede ampliar la indemnización.
  • En función de cuáles sean las necesidades concretas de cada persona, se puede indemnizar desde el primer día de baja laboral por accidente o enfermedad.

¿Qué cubre el seguro de incapacidad laboral?

Un seguro de este tipo tiene dos coberturas obligatorias. Por un lado, el subsidio diario en caso de incapacidad temporal a causa de una enfermedad o un accidente. Se entiende como incapacidad temporal al periodo de tiempo en el que la persona asegurada no puede desempeñar su actividad profesional y, además, está ingresado en un hospital o guardando reposo en su propio domicilio.

Y, por otro lado, o que se conoce como protección de pagos. Se trata de una garantía del pago de la cantidad que equivale a la póliza mensual cada 30 días mientras el asegurado esté incapacitado temporalmente. Para ello se tienen en consideración tanto los límites como los periodos de carencia que se establecen en la garantía.

Además, hay una serie de prestaciones complementarias. Una de las más comunes es el reembolso en concepto de gastos si el asegurado se encuentra en situación de gran dependencia a causa de un accidente. En este caso, la persona asegurada recibirá el reembolso íntegro de los gastos sociales y sanitarios que se deriven de su estado, como la adecuación del domicilio familiar.

También se manejan diversas coberturas opcionales, como la hospitalización por cualquier caso. En este caso, el asegurado recibe una cantidad económica en concepto de indemnización si a raíz de una enfermedad o accidente debe ser ingresado en un hospital durante al menos 24 horas. El subsidio diario lo abona la compañía aseguradora durante el tiempo que el asegurado se encuentre hospitalizado, hasta un máximo de 365 días.

Cobertura por incapacidad permanente

Se entiende como incapacidad permanente a la situación física irreversible que se origina a causa de un determinado accidente que provoca la total incapacidad de la persona asegurada para llevar a cabo cualquier actividad profesional. Por lo tanto, recibirá una indemnización en función del capital asegurado que se refleja en las condiciones específicas de la póliza.

Si forma parte de un seguro de accidentes, la incapacidad permanente debe darse a raíz de un accidente. En cambio, si forma parte de un seguro de vida, la persona asegurada recibirá la indemnización independientemente de cuál sea la causa de dicha incapacidad.

A la hora de contratar cualquier tipo de seguro, como el de incapacidad laboral, es importante prestar especial atención a las garantías y coberturas, tanto obligatorias como complementarias y opcionales.

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