Seguro del hogar: la clave para cuidar a tu familia

Tanto si vives en régimen de arrendamiento como si eres propietario de una vivienda, es fundamental que conozcas algunos aspectos relevantes acerca del seguro de hogar. A diferencia del seguro de coche, su contratación no es obligatoria, aunque sí 100% recomendable para tener la tranquilidad y seguridad de estar cubierto frente a cualquier contratiempo que pueda surgir, no sólo para proteger a tu familia, sino también para responder ante terceros por daños, personales o materiales, ocasionados.

Seguro de hogar

Lo primero y más importante antes de contratar un seguro de hogar es entender con detalle los diferentes contratos que aparecen reflejados en el contrato:

  • Continente: se refiere a la estructura del inmueble, de la que forman parte el suelo, la paredes, el techo y todos los elementos estructurales. El valor del continente declarado en el seguro tiene que corresponder al valor de reconstrucción del inmueble. Cabe señalar que el valor del suelo no se incluye en el valor del continente.
  • Contenido: son todos los elementos que hay en el interior de la vivienda, como muebles, electrodomésticos y enseres personales. Es el asegurado quien determina el valor del contenido, del cual va a depender el coste máximo que va a asumir la aseguradora en caso de siniestro.
  • Prima: es el precio mensual o anual que se paga por el seguro del hogar contratado, que varía según el valor tanto del continente como del contenido, así como de las coberturas contratadas.

La normativa vigente no obliga a contratar un seguro de hogar, excepto en el caso de las viviendas hipotecadas, que sí deben contratar un seguro de daños de los bienes afectados por la hipoteca. Ahora bien, en estos casos no existe obligación alguna de contratar el seguro con la entidad bancaria que ha concedido el préstamo hipotecario. Aún así, en todos los casos es muy aconsejable contratar un seguro de hogar que cubra, al menos, la responsabilidad civil y el continente.

La cobertura de daños en el continente cubre aquellas reparaciones de daños producidos por escapes de agua, incendios, robos, etc. Esta cobertura tiene una serie de excepciones y limitaciones que conviene revisar en el momento de la contratación. En ocasiones, esta cobertura se incluye en el seguro de la comunidad de vecinos, así que no es necesario contratarla.

La cobertura de daños en el contenido cubre la reposición o reparación de los objetos dañados por los riesgos cubiertos. Al igual que la cobertura de daños en el continente, tiene un límite y, en caso de siniestro, es necesario justificar el valor de los elementos asegurados.

Mientras, la cobertura de responsabilidad civil cubre las reparaciones e indemnizaciones que haya que pagar a terceros por los daños, personales o materiales, de los daños producidos por un incidente en la vivienda del asegurado, como por ejemplo una fuga de agua.

Y, por último, la cobertura de defensa jurídica, que cubre la reclamación de daños que otros hayan causado sobre la vivienda del asegurado, además de otras coberturas que varían en función de cada compañía.

Hay quienes contratan un seguro del hogar por un capital inferior al real para pagar menos prima. Se trata de una decisión muy poco acertada ya que en caso de siniestro, la compañía aseguradora paga en base a la cantidad asegurada. Es decir, si el valor de los bienes asciende a 50.000 euros y el propietario de la vivienda asegura el contenido en 30.000 euros, el seguro hará el pago en base a los 40.000 euros si por ejemplo hay un incendio. De ahí la importancia de contratar el seguro del hogar con los capitales adecuados, tanto del contenido como del continente.

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