En algunos sectores de actividad, la contratación de un seguro es obligatorio por ley, independientemente de la forma jurídica de las compañías. El motivo es que las empresas corren un gran riesgo durante el desarrollo de su actividad y el más mínimo error puede provocar unos perjuicios muy importantes, tanto a ellas mismas como a terceros. Por este motivo, deben estar bien cubiertas y protegidas en caso de que se produzca un siniestro. Así, la ley establece cuáles son los seguros obligatorios para empresas en España.
Seguros obligatorios para empresas
En algunos casos, los seguros para empresas se tienen que contemplar desde el primer momento, ya que se exigen para obtener la licencia de apertura o asegurar su posible responsabilidad por daños, personales o materiales, causados a terceros.
El principal seguro obligatorio que exige la normativa en vigor para poner en marcha una compañía es el seguro de responsabilidad civil, que cubre las reclamaciones por vía civil que se derivan de daños a terceros. Además, existen otro tipo de pólizas con unas coberturas específicas, como el seguro de responsabilidad civil profesional que responde ante terceros cuando se es responsable de los daños a terceros como consecuencia de una actividad profesional.
El seguro de accidente de convenio viene estipulado en el convenio laboral de los trabajadores, así que cualquier organización que tenga trabajadores contratados debe contar con esta póliza de manera obligatoria. A estos hay que sumar el seguro multirriesgo que, tal y como su propio nombre indica, protege la empresa de un amplio abanico de riesgos, como robo o incendios, entre muchos otros.
Como resulta lógico, la obligatoriedad del seguro de vehículos está ligada al seguro de cualquier vehículo durante la actividad de la empresa, ya sea un coche o cualquier otro tipo de medio de transporte. Estos son los seguros obligatorios que se exigen por ley, de manera que si una organización no los contrata, puede recibir una sanción por parte de la administración.
Otros seguros para empresas
En plena era digital, ninguna empresa, independientemente de su tamaño y sector de actividad, está exenta de sufrir un ciberataque. Por este motivo, ha surgido el seguro de ciberriesgos, que está específicamente dirigido a organizaciones que quieran una solución frente a la amenaza de los riesgos cibernéticos. Ofrece cobertura de los daños propios que puedan sufrir las compañías, así como a los perjuicios económicos que puedan causar a terceros.
La cobertura de Responsabilidad Civil engloba la Responsabilidad Civil por violación de la privacidad, la Responsabilidad Civil multimedia y publicidad y los gasos de defensa y fianza. Además, el seguro de riesgos cibernéticos ofrece una serie de coberturas de daños propios: garantía de protección de daños, garantía de interrupción del negocio, garantía de amenaza de extorsión cibernética y daños a los sistemas informáticos.
El seguro de daños materiales, a pesar de no ser obligatorio, es uno de los más recomendables porque cubre la destrucción, el deterioro o la pérdida de los bienes asegurados. Ofrece dos coberturas principales: daños materiales directos que sufran los bienes asegurados por cualquier causa externa, imprevisible y fortuita, que no esté excluida y riesgos extraordinarios cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros.
Además, al igual que el resto de pólizas, el seguro de daños materiales tiene una serie de coberturas opcionales que las empresas pueden contratar si lo consideran oportuno: derrame de líquidos y carburantes, riesgo de avería de maquinaria, equipos electrónicos y equipos informáticos, bienes refrigerados, daños eléctricos a aparatos e instalaciones, rotura de cristales y rótulos, robo y pérdida de beneficios.